eIDAS

HelloSign cumple con el eIDAS y es una opción viable para que las empresas firmen documentos en línea con los firmantes de todos los estados miembros de la UE.

El reglamento eIDAS define tres tipos de firma electrónica (SES, AES, QES) y es un nuevo reglamento sobre la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado único europeo. Establece un marco jurídico para que personas, empresas (en particular las pequeñas y medianas empresas) y administraciones públicas puedan acceder a los servicios de forma segura y ejecutar transacciones de forma digital en todos los Estados miembros de la UE.

eIDAS entró en vigor el 17 de septiembre de 2014 y se empezó a aplicar el 1 de julio de 2016. Derogó y reemplazó la Directiva 1999/93/CE sobre firmas electrónicas, una directiva de la Unión Europea sobre el uso de firmas electrónicas en los contratos electrónicos dentro de la UE.

Firma electrónica estándar

Una firma electrónica estándar (SES, por sus siglas en inglés) se refiere a la existencia de datos electrónicos conectados de forma lógica a otros datos de la misma naturaleza (por ejemplo, un documento). El firmante de los datos electrónicos los utiliza para la firma del documento. Muchas herramientas electrónicas, incluyendo contraseñas, códigos PIN y firmas escaneadas, pueden considerarse firmas SES.

Firma electrónica avanzada

Una firma electrónica avanzada (AES, por sus siglas en inglés) debe asegurar que las firmas estén conectadas de manera única y sean capaces de identificar al firmante. Tiene que crearse utilizando datos de creación de firmas electrónicas que el firmante pueda, con un alto nivel de confianza, utilizar bajo su exclusivo control.

Firma electrónica cualificada

Una firma electrónica cualificada (QES, por sus siglas en inglés) es una forma más estricta de SES y el único tipo de rúbrica al que se le da el mismo valor legal que a las firmas manuscritas. Se trata de una firma electrónica avanzada con un certificado digital calificado que ha sido creada por un dispositivo de creación de firma cualificado (QSCD, por sus siglas en inglés). El QSCD tiene que emitirlo un proveedor de servicios de confianza de la UE (TSP, por sus siglas en inglés) incluido la lista de confianza de la Unión Europea (EUTL, por sus siglas en inglés).

Aviso legal: Esta información está destinada a fines de información general solamente. Su objetivo es ayudar a las empresas a comprender el marco jurídico utilizado para la legalidad de la firma electrónica. En ningún caso se presenta como asesoramiento jurídico y no debe ser un sustituto del asesoramiento jurídico profesional. Ponte en contacto con abogado para obtener servicios de asesoramiento o representación.